TESTIMONIO: VISTO: Las denuncias recibidas de diferentes vecinos de la comunidad, referentes al cobro indebido de aranceles diferen- ciados en consultas y prácticas médicas del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), y CONSIDERANDO: Que habiendo recabado información al respecto, no corresponde abonar diferencia alguna por consultas y prácticas médicas. Que ante la situación de emergencia económica que afecta la economía de los ciudadanos, deben arbitrarse los me- dios para resguardar los derechos de los mismos. Que, aún si existieran demoras en los pagos por parte de la obra social de referencia, este no es motivo para que se cobre indebida e ilegalmente un plus diferencial en las prestacio- nes. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N Nº 8/02 ------------------------------- ARTICULO 1.- Resuélvese solicitar al Círculo Médico de Balcarce, co- ------------ mo ente regulador de la actividad, arbitre las medidas necesarias para normalizar encuadrar legalmente las prácticas co- rrespondientes, a fin de evitar las acciones legales pertinentes, eliminando así el perjuicio que se está causando a los afiliados de IOMA y de otras obras sociales.------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los nueve días del mes de mayo de dos mil dos. FIRMADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO